¿Qué pasó con… el derrumbe del edificio de Carabanchel?
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A principios de agosto del verano pasado, el edificio número cinco de la calle Duquesa de Tamames, situado en el madrileño barrio de Carabanchel se derrumbó completamente. Apenas unas horas antes, en plena madrugada, los vecinos habían llamado a emergencias porque se habían abierto grietas en las paredes y no paraban de escuchar crujidos en todo el edificio. Cuando llegaron los bomberos, encontraron el bloque de viviendas a punto de desplomarse, por lo que tuvieron que evacuar a todos los residentes, incluidos los del edificio contiguo. En total, 57 personas abandonaron sus hogares, algunos de ellos por la fachada con ayuda de los bomberos, ya que se habían desencajado los marcos de las puertas y estaban bloqueadas las salidas.
Según las declaraciones del concejal de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, José Manuel Calvo, publicadas en El País, el desplome del edificio se debió al colapso de uno de los pilares que se encontraba en mal estado. No obstante, el edificio ya había pasado una Inspección Técnica de Edificios (ITE) apenas tres años antes, en la que no se advirtió de ningún problema en la estructura del bloque de viviendas.
Los vecinos tuvieron que ser alojados en un primer momento en hoteles y casas de familiares. Los del bloque contiguo, aunque sufrieron desperfectos pudieron volver a vivir en sus casas, no obstante, el número cinco quedó totalmente destruido, sin posibilidad de volver a ser habitado.
Indemnización de la aseguradora
En un primer momento, varios medios publicaron que la aseguradora de la comunidad de vecinos, santalucía, no cubría los gastos del desplome. Según informaron, el seguro de Comunidad de Vecinos que tenían contratado los propietarios del inmueble no recogía este siniestro en el apartado de riesgos cubiertos.
No obstante, al día siguiente, el director general de la aseguradora, Andrés Romero, anunció en una rueda de prensa que la compañía se haría cargo del coste total de la suma incluida en las pólizas del edificio derrumbado y del edificio colindante. En total, la aseguradora puso a disposición de los vecinos del inmueble que se desplomó 1.258.000 euros y 876.000 para la comunidad de vecinos de al lado.
Por otro lado, cinco de los pisos del bloque tenían contratado el seguro del Hogar con santalucía. Por ello, la aseguradora, también se encargó de cubrir el contenido de estas viviendas. Del resto, sólo cubrió el continente.
Cobertura no incluida en el condicionado
Según publicó Europa Press, santalucía acordó asumir el total de la póliza del edificio derrumbado, aunque este tipo de riesgos no estaba cubierto en el seguro del inmueble que sufrió el desplome. No obstante, el director de la compañía explicó que ante una situación como la que vivieron los vecinos, se tenía que reivindicar la función social de las aseguradoras.
Los vecinos de Carabanchel pudieron cobrar finalmente la indemnización por parte de la aseguradora ya que tenían contratado una póliza que protegía el edificio. El seguro de Comunidades de Vecinos tiene varias garantías incluidas dentro de su condicionado, pero estas coberturas suelen variar y dependen del tipo de póliza y de la aseguradora. No obstante, suele tener ciertas garantías comunes:
Realojamiento provisional
La cobertura de realojamiento provisional se encarga de garantizar que los propietarios o copropietarios puedan ser llevados a un hotel o vivienda de alquiler en caso de que se produzca un siniestro que impida habitar su inmueble asegurado. El realojo puede prolongarse hasta que los daños en el edificio se subsanen. En el caso del derrumbamiento de Carabanchel, algunos de los vecinos fueron alojados al principio en hoteles porque era imposible habitar los pisos.
Responsabilidad Civil
La responsabilidad civil suele estar incluida en la mayoría de pólizas de Comunidades de Vecinos. Esta cobertura indemniza a vecinos, copropietarios y terceros que sufran un perjuicio por culpa del edificio asegurado. En caso del edificio de Carabanchel, el seguro ofreció el pago de una indemnización para cubrir los pagos del edificio colindante por los daños que había sufrido a causa del desplome.
Daños materiales
La cobertura de daños materiales se encarga de cubrir los daños que se ocasionan en el edificio. En caso de que se produzcan desperfectos a causa de un incendio, explosiones, rotura de cristales, atascos de cañerías o daños por agua debidos a fugas o goteras, la póliza asegura una indemnización a los propietarios del inmueble asegurado.
Compara tu seguro antes de contratarlo
Existen distintas compañías aseguradoras que ofrecen seguros de Comunidades de Vecinos. Si estás pensando en contratar una póliza para tu edificio, lo más recomendable es que compares las distintas coberturas y precios que ofrecen las aseguradoras. Para ello puedes utilizar el comparador de Seguros.es, con el que podrás ahorrar tiempo y dinero.