¿Qué carné de moto se necesita?
La normativa para obtener el carnet de moto ha sufrido cambios en los últimos años. No siempre es fácil entender los pasos para obtener estos carnés. Aquí vamos a tratar de ayudarte a entender la legislación vigente.
Tipos de carnet de moto
Los cambios en la normativa para obtener el carnet de moto han sido frecuentes en los últimos años (Real Decreto 818/2009 por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores y la Orden INT/2323/2011 por la que se regula la formación al carnet A). Estos cambios perseguían por una parte unificar la legislación en toda la Unión Europea y por otra desarrollar un modelo de concienciación y aprendizaje que verdaderamente reduzca los accidentes en las carreteras.
Sin embargo, como motoristas, no siempre es fácil entender los pasos para obtener estos carnés o también llamados permisos de conducción. Aquí vamos a tratar de ayudarte a entender la legislación vigente.
a) En primer lugar, para conducir ciclomotores se necesita el permiso de conducción denominado AM. La edad mínima para obtenerlo es de 15 años, pero no permite transportar pasajeros hasta cumplidos los 18 años. Para obtener este carnet se deberá superar unas pruebas de aptitud psicofísica, aprobar un test teórico de conocimientos específico de ciclomotor y un examen “práctico” de aptitudes en circuito cerrado.
b) Las motocicletas y scooters de 125 cm³ (que tengan una potencia máxima de 15 CV y una relación potencia/peso máxima de 0,13 CV/kg o triciclos de motor cuya potencia máxima no supere los 20 CV) se pueden conducir con el carnet de la clase A1. La edad mínima para obtenerlo será de 16 años. Para obtener este permiso de conducción se deberá superar unas pruebas de aptitud psicofísica, aprobar un test teórico de conocimientos común de circulación, un test teórico de conocimientos específicos de moto y un examen “práctico” de aptitudes en circuito cerrado.
c) Las motocicletas con una potencia máxima de 47 CV y una relación potencia/peso máxima de 0,25 CV/kg (no pudiendo limitar vehículos con más de 96 CV) requieren disponer del permiso de la clase A2. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. Para obtener este carnet se deberá superar unas pruebas de aptitud psicofísica, aprobar un test teórico de conocimientos común de circulación, un test teórico de conocimientos específicos de moto, un examen “práctico” de aptitudes en circuito cerrado y un examen “práctico” de aptitudes en carretera.
d) Por último, para conducir motocicletas de mayor potencia, se necesita el carné de la clase A. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos (21 para triciclos que excedan los 15 kW). Para obtener este permiso, se requiere un mínimo de 2 años de antigüedad desde la obtención del permiso A2. Además, se debe completar un curso de formación de 3 horas lectivas teóricas, 4 horas prácticas en circuito y 2 en vías abiertas (carretera).
Por supuesto, cada uno de los carnés engloba al anterior. Además, esta normativa señala que las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas y ciclomotores cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1 y AM.