Excluido del contenido
Qué queda excluido del contenido
Los vehículos a motor, remolques, embarcaciones y los objetos en ellos depositados; los valores mobiliarios públicos y privados, efectos de comercio, piedras no engarzadas y metales preciosos en barras o acuñados; los billetes de banco, excepto en cuanto a la cobertura de robo y con el límite de indemnización que se indica en el artículo 17.3 de las Condiciones Generales, y los animales vivos.