Daños estéticos
Qué son los daños estéticos
Los accidentes en la vivienda como consecuencia, por ejemplo, de una fuga de agua, causan unos daños que han de ser reparados. En esa reparación se pueden producir desperfectos materiales no directos, es decir, no causados por el agua sino por esas obras de reparación, generando meros efectos estéticos. Estos daños son los que cubre la denominada cobertura de daños estéticos.
El objetivo de esta cobertura es, por tanto, que el daño producido no altere la estética del bien afectado por el accidente, guardando una uniformidad entre el material usado para la reparación y el que existía antes del siniestro.
Esta cobertura no es de aplicación directa, ya que requiere que previamente se haya producido un siniestro cubierto por la póliza. Este dato hay que tenerlo muy en cuenta, pues se plantean muchas consultas sobre su aplicación cuando se produce un siniestro no cubierto en póliza.
Otra de las características de esta cobertura es el límite económico. Las aseguradoras hacen constar, en sus condiciones particulares, el límite máximo de indemnización, circunstancia que hay que valorar en el momento de la contratación de la póliza para evitar problemas en el momento del siniestro.
Por último, y no menos importante, es el dato de las exclusiones de la cobertura. Las aseguradoras, tanto para el continente como para el contenido, no tienen un criterio único a la hora de definir las situaciones excluidas, encontrándonos por ejemplo, ante algunas compañías que incluso dejan fuera los daños por agua. Desde CEAUTO recomendamos, por tanto, estudiar la cobertura de daños estéticos en el momento de la contratación.